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Ultimátum en Colombia: Nueva ley inhabilitaría a más de un millón de entrenadores desde el 6 de agosto de 2026

Foto: Cortesía. Únete a la carrera Corre por Amor este 15 de marzo en Medellín. Apoya a personas con espina bífida en una jornada de deporte e inclusión.

La realidad corporativa y laboral expone una brecha alarmante. En específico, estimaciones del Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo (COCED) indican que en el país existen entre 1 y 1,65 millones de trabajadores vinculados a estas actividades

Bogotá- 19 de Junio de 2026. La cuenta regresiva para el mercado del acondicionamiento físico, las escuelas formativas y los clubes deportivos en el país ha entrado en su fase más crítica. A partir del próximo 6 de agosto de 2026, todas aquellas personas que ejerzan la instrucción física sin la debida Tarjeta de Entrenador Deportivo o el Registro Provisional exigidos por la Ley 2210 de 2022 quedarán inhabilitadas y se enfrentarán a severas sanciones administrativas, disciplinarias e incluso penales.

Por un lado, la implementación de esta medida busca profesionalizar un sector con incidencia directa en la salud pública y la integridad física de millones de usuarios. Por otro lado, la realidad corporativa y laboral expone una brecha alarmante. En específico, estimaciones del Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo (COCED) indican que en el país existen entre 1 y 1,65 millones de trabajadores vinculados a estas actividades (desde directores técnicos de fútbol y entrenadores personalizados de gimnasio, hasta instructores de ajedrez), pero la inmensa mayoría carece de la acreditación exigida.

Un censo comercial en rojo: Menos del 3% del sector está formalizado

En primer lugar, las cifras recolectadas por el COCED al cierre de 2025 encendieron las alarmas de los gremios económicos. Para ese momento, solo un poco más de 20.000 entrenadores contaban con la acreditación en regla, mientras que cerca de 12.000 se encontraban con trámites en curso. Efectivamente, esto implica que más del 95% del personal operativo en plazas deportivas formales e informales podría caer en el ejercicio ilegal de la profesión si no agiliza su certificación antes de la fecha límite de agosto.

En segundo lugar, la restricción legal no solo limita el entrenamiento presencial, sino que altera radicalmente los planes de mercadeo del sector. De acuerdo con las disposiciones vigentes, cualquier persona que realice avisos, propaganda, anuncios profesionales en redes sociales o se presente públicamente como entrenador deportivo sin cumplir los requisitos de ley incurrirá de forma automática en una conducta sancionable por las autoridades de policía o administrativas.

Salvavidas para el entrenador empírico: El Registro Provisional por 5 años

Ante el latente conflicto con el derecho al trabajo de quienes construyeron su trayectoria a partir de la práctica y la experiencia continua, la Ley 2210 de 2022 estructuró un mecanismo transitorio de formalización empresarial y laboral.

  • Mecanismo de Idoneidad: Los instructores que no posean un título de educación superior formal pueden optar por una evaluación de competencias dirigida por el COCED.
  • Vigencia de la habilitación: Al acreditar la mayoría de edad y experiencia continua demostrable, se les expedirá un Registro Provisional con una vigencia de cinco años.
  • Meta de profesionalización: Este periodo de gracia busca que el trabajador empírico se vincule a programas académicos formales y adquiera su título profesional definitivo antes del vencimiento del registro.

Nota de Cumplimiento Corporativo: El COCED reportó haber capacitado de forma gratuita a más de 15.000 entrenadores en diferentes regiones del país para mitigar el impacto de las pruebas de idoneidad y contener el riesgo de desempleo sectorial.

Riesgo legal para empresas: Gimnasios y clubes asumirán la responsabilidad civil

Ciertamente, el impacto económico y legal de la norma no recae únicamente sobre los trabajadores independientes. Las pymes, las grandes cadenas de gimnasios, las cajas de compensación familiar y las ligas regionales que mantengan personal contratado en la informalidad técnica se verán inmersas en procesos sancionatorios y cierres operativos por parte de los entes reguladores.

Como consecuencia de esto, firmas del sector como la franquicia Power Gym han tenido que acelerar las auditorías internas para garantizar que el 100% de su personal de planta posea la tarjeta profesional, exigiendo igualmente la regularización a los entrenadores personalizados externos. Asimismo, la falta de verificación de las credenciales del personal expone a los establecimientos comerciales a millonarias demandas de responsabilidad civil extracontractual en caso de que un usuario sufra lesiones físicas o negligencias durante su rutina de acondicionamiento.

Para concluir, aunque algunos sectores independientes evalúan interponer demandas de inconstitucionalidad contra las exigencias de la ley, las instancias judiciales y los fallos de la Corte Constitucional han ratificado la obligatoriedad de la regulación en defensa del cuidado de la salud. En última instancia, el tejido empresarial deportivo de Colombia deberá acelerar sus procesos de fiscalización interna para evitar un apagón operativo el próximo 6 de agosto de 2026.