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Gobierno suspende bombardeos con menores: Juez ordena medida cautelar tras operativos en el Guaviare

Foto: Cortesía. El Gerente de Fedecafé, Germán Bahamón, reportó el traslado seguro de 39 mulas con café de Nariño hacia Popayán con escolta del Ejército Nacional.

Así mismo, la orden estará vigente mientras se adopta una decisión de fondo dentro de la acción de tutela correspondiente.

Bogotá- 03 de Septiembre de 2026. Una decisión judicial reciente ordenó al Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella abstenerse de ejecutar operaciones aéreas ofensivas contra campamentos de grupos armados ilegales cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de niños, niñas y adolescentes.

La medida cautelar fue dirigida a la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada Nacional. Así mismo, la orden estará vigente mientras se adopta una decisión de fondo dentro de la acción de tutela correspondiente.

¿Por qué se ordenó la medida judicial sobre los bombardeos?

El fallo se conoce tras los recientes operativos militares contra las disidencias de alias Calarcá en El Retorno, Guaviare, que dejaron 10 integrantes muertos. De hecho, Medicina Legal logró identificar nueve cuerpos, encontrando tres menores de edad de 15 y 16 años.

Este hallazgo puso nuevamente en el centro del debate nacional el uso de menores por parte de los grupos armados. Por lo tanto, la justicia estableció que la Fuerza Pública debe verificar estrictamente si hay menores antes de ejecutar un ataque aéreo.

Dato clave de la decisión: Las autoridades militares solo podrán ejecutar una operación si determinan que no existe una alternativa operacional menos lesiva para alcanzar el objetivo legítimo.

¿Cómo impacta esta decisión la política de seguridad del Gobierno?

La medida representa un cambio significativo para la política de seguridad del gobierno de Abelardo De La Espriella. En su primer mes de administración, el Ejecutivo ha ordenado una ofensiva frontal contra las estructuras ilegales, registrando cuatro bombardeos hasta la fecha.

Aunque el presidente había defendido previamente las acciones militares señalando que la responsabilidad recae en los grupos que reclutan menores, el fallo introduce una obligación jurídica estricta. En consecuencia, la protección de los menores reclutados condiciona la ejecución de operaciones aéreas ofensivas en el país.

¿Qué implica el fallo para las Fuerzas Militares en el terreno?

A partir de esta disposición, el Comando General y las fuerzas operativas deberán robustecer sus protocolos de inteligencia y verificación previa. De hecho, no bastará con la presunción de combate, sino que se exigirá información verificable sobre la presencia de menores para evaluar alternativas operacionales.

Con este panorama, el debate sobre el equilibrio entre la seguridad nacional y la protección de derechos fundamentales continúa marcando la agenda política y jurídica de Colombia en 2026.

¿Qué ordenó la decisión judicial al Gobierno nacional?

La justicia ordenó suspender provisionalmente operaciones aéreas ofensivas contra campamentos ilegales si existe información verificable sobre la presencia de menores de edad.

¿A qué entidades fue dirigida la medida cautelar?

La orden cobija a la Presidencia, el Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares, el Ejército, la Fuerza Aeroespacial y la Armada Nacional.

¿Qué motivó esta decisión judicial en el país?

El fallo se originó tras el operativo en El Retorno, Guaviare, donde murieron tres menores de edad reclutados por las disidencias de alias Calarcá.

¿Cómo afecta la política de seguridad del gobierno?

Introduce la obligación de evaluar alternativas operacionales menos lesivas cuando se tenga conocimiento de la presencia de menores en los objetivos militares.