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Patinetas eléctricas en Colombia tendrán placa obligatoria desde 2027

Foto: Canva. Conozca las sanciones de la nueva ley de movilidad eléctrica liviana en Colombia. Multas de $10.505.430 por circular sin casco o andén.

Los ciudadanos evitarán pagos por SOAT o matrícula formal, pero deberán financiar las adecuaciones mecánicas y lumínicas en talleres autorizados.

Bogotá, 28 de octubre de 2026. El Ministerio de Transporte reglamentó la Ley 2486 de 2025 el 28 de octubre de 2026 para exigir una lámina de identificación técnica en bicicletas y patinetas eléctricas en Colombia a partir del 1 de enero de 2027.

Esta directriz impacta directamente en la economía de los usuarios urbanos. En efecto, los ciudadanos evitarán pagos por SOAT o matrícula formal, pero deberán financiar las adecuaciones mecánicas y lumínicas en talleres autorizados.

La micromovilidad creció un 204% durante el último año en las principales capitales del país. Por consiguiente, el Gobierno nacional ordenó la identificación estricta de los Vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana (VELMPU).

¿Qué información debe llevar la placa técnica de estos vehículos?

La identificación oficial consiste en una lámina metálica o de polímero de alta resistencia con especificaciones industriales. En otras palabras, la norma prohíbe el uso de calcomanías convencionales o adhesivos caseros en el chasis.

La placa técnica es el documento físico adherido al chasis que certifica el origen fabril y las prestaciones mecánicas del automotor liviano. Por lo tanto, los fabricantes e importadores registrarán los datos de fábrica de cada unidad vendida.

De acuerdo con la resolución, la lámina exhibirá el número de serie único y el año de fabricación. Asimismo, incluirá la potencia nominal del motor, la velocidad máxima de diseño, la marca, el modelo, el peso neto y la categoría técnica asignada.

¿Quién debe instalar la placa y cuáles son los plazos fijados?

Los distribuidores e importadores asumirán la instalación del dispositivo en las unidades que comercialicen a partir de 2027. Por su parte, los propietarios actuales tendrán que gestionar la placa técnica de manera independiente antes del 1 de enero de 2027.

Los usuarios revisarán la factura de compra o el manual original para recopilar las especificaciones técnicas exigidas. De hecho, los comercios del sector ofrecerán jornadas de homologación técnica para facilitar el trámite a los usuarios antiguos.

¿Cuáles son los nuevos límites de velocidad y requisitos de seguridad?

El Gobierno nacional estableció techos de velocidad según el corredor vial transitado. Por un lado, los conductores transitarán hasta un máximo de 25 km/h en ciclorrutas y senderos recreativos. Por otro lado, la velocidad tope alcanzará los 40 km/h en vías mixtas vehiculares.

Tipo de víaVelocidad máximaEquipamiento de seguridad exigidoExige SOAT o licencia
Ciclorrutas y espacios recreativos25 km/hLuces LED frontal y trasera, avisador acústicoNo (exento por Ley 2486)
Calzadas y carriles mixtos40 km/hDireccionales, limitador de velocidad, frenos doblesNo (exento por Ley 2486)
Vías peatonales / acerasCirculación prohibidaNo aplicaNo aplica

Adicionalmente, cada vehículo dispondrá de luces delanteras continuas, luces de freno traseras y direccionales funcionales. Del mismo modo, el automotor integrará un indicador visible de carga de batería, velocímetro digital y un limitador técnico de aceleración.

¿Cómo impacta esta normativa a los conductores en Medellín?

El Valle de Aburrá cuenta con más de 320 patinetas compartidas y miles de unidades particulares circulando por vías estratégicas como San Juan y la carrera 65. Sin embargo, la Secretaría de Movilidad de Medellín carecía de herramientas precisas para fiscalizar excesos de velocidad.

¿Habrá multas de tránsito por circular sin la lámina?

El Ministerio de Transporte confirmó una fase inicial de tres meses de pedagogía ciudadana durante el primer trimestre de 2027. En consecuencia, las autoridades no aplicarán sanciones pecuniarias durante ese periodo de adaptación comunitaria.

No obstante, los infractores afrontarán sanciones monetarias e inmovilizaciones una vez concluya el plazo educativo de socialización. El articulado mantiene vigentes los castigos generales del Código Nacional de Tránsito para maniobras peligrosas.

¿Las patinetas eléctricas en Colombia necesitan SOAT para transitar?

No, las bicicletas y patinetas eléctricas no requieren SOAT en el país. El artículo 15 de la Ley 2486 de 2025 exime expresamente a estos vehículos livianos de portar póliza obligatoria y matrícula tradicional.

¿Cuál es la velocidad máxima permitida en ciclorrutas urbanas?

La velocidad máxima autorizada en ciclorrutas y espacios recreativos es de 25 km/h. Por el contrario, el límite sube hasta 40 km/h cuando el usuario circula sobre calzadas o carriles vehiculares mixtos.

¿Dónde consulto los datos para tramitar la placa si compré el vehículo antes de 2027?

Usted puede consultar las especificaciones en la factura original de compra o en el manual técnico del fabricante. Además, los talleres autorizados de micromovilidad colaborarán en la verificación del serial y la potencia del motor.

¿Exigirán licencia de conducción para manejar bicicletas eléctricas en 2027?

No, el Ministerio de Transporte no exigirá licencia de conducción para conducir estos vehículos livianos. Sin embargo, los conductores deben respetar las normas de tránsito y portar casco protector reglamentario.