Advertisement

El Gobierno expide el Decreto 0595 de 2026: Una agresiva política arancelaria para crear la industria nacional de vehículos eléctricos e híbridos

Foto: Canva. El mercado de movilidad sostenible en Antioquia explota en 2026. Los vehículos eléctricos crecieron un 481,8% en abril.

El Gobierno colombiano expidió el Decreto 0595 de 2026, reglamentando el nuevo Régimen de Transformación y Ensamble (RTE-E) para el desarrollo de una industria nacional de vehículos eléctricos e híbridos.

Bogotá, 17 de junio de 2026. El Ejecutivo nacional ha puesto en marcha su estrategia más ambiciosa para transformar la matriz manufacturera y de transporte en el país. A través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, se expidió formalmente el Decreto 0595 de 2026, mediante el cual se establecen disposiciones arancelarias, aduaneras e industriales de fondo para regular la producción, importación y el ensamble de vehículos híbridos y eléctricos. Con esta normativa, el Gobierno busca cimentar las bases técnicas y tributarias para atraer inversiones extranjeras y locales orientadas a la creación de una industria nacional de ensamble de estas unidades limpias.

La columna vertebral de la norma es la creación del denominado Régimen de Transformación y Ensamble RTE-E. Este marco cobija de manera específica a los vehículos híbridos eléctricos enchufables (Phev), vehículos híbridos de autonomía extendida (E-REV), vehículos eléctricos de batería (BEV) y vehículos híbridos completos (Fhev). Para operativizar el control aduanero de estas tecnologías, el decreto adiciona la nueva partida arancelaria 98.3 en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y fija reglas claras para el ingreso de materiales bajo las modalidades de desensamble CKD (Completely Knocked Down) y SKD (Semi Knocked Down).

Desglose del régimen arancelario para material CKD y SKD

La reconfiguración aduanera introduce dos subpartidas detalladas dentro del articulado para incentivar los encadenamientos productivos según el grado de transformación local:

  • Primera subpartida: Aplica de forma directa para los productos obtenidos mediante un proceso de transformación de ensamble utilizando material CKD. Este paquete incluye elementos estructurales básicos como la cabina pintada, el chasis desarmado, el tren motriz desensamblado y el conjunto llanta-rin.
  • Segunda subpartida: Regula las unidades ensambladas bajo la modalidad SKD, que comprende componentes previamente semiassemblados en el exterior, tales como los compartimentos de equipaje, accesorios del techo interior, paneles decorativos de tableros y sistemas de limpiaparabrisas, entre otros.

De forma complementaria, el texto da vida al Instrumento para Nuevos Proyectos Industriales de Movilidad Híbrida Enchufable y Eléctrica. De acuerdo con el MinComercio, este mecanismo tiene como propósito central «promover la instalación, ampliación o reconversión de nuevas plantas industriales basadas en tecnologías limpias, procesos de manufactura avanzada y criterios de eficiencia energética», agilizando además el ingreso de bienes de capital y la puesta en marcha de pruebas piloto industriales.

Cupos de importación amarrados a inversión real certificado

Un componente de alta relevancia comercial dentro del Decreto 0595 de 2026 es la autorización de cupos de importación exclusivamente para vehículos completamente terminados, diseñados para viabilizar la operación comercial inicial de las empresas que decidan instalar sus plantas en el territorio nacional. La norma aclara que estos cupos no serán acumulables año a año: se estipulan exactamente 20.000 cupos para la vigencia de 2026 y otros 20.000 para el periodo 2027, los cuales ingresarán con un arancel preferencial del 5%.

La Dirección de Comercio Exterior asignará y supervisará la distribución de estos cupos de manera estrictamente proporcional a la inversión que sea efectivamente realizada por cada empresa beneficiaria, un hito que deberá ser debidamente avalado mediante el correspondiente certificado de inversión.

A cambio del desarrollo fabril, los inversionistas accederán a un beneficio de arancel del 0% para la importación de insumos clave como equipos de manufactura avanzada, bancos de prueba de alta tecnología, matrices, moldes, herramientas especializadas, sistemas de medición e infraestructura tecnológica.

Restricciones estrictas contra la duplicidad de beneficios

El Gobierno nacional dejó en claro que la participación de empresas automotrices con plantas de ensamble ya existentes en el país no implicará el reconocimiento automático de estos beneficios aduaneros sobre sus capacidades actuales. Para acceder a las ventajas fiscales, las inversiones deberán corresponder obligatoriamente a proyectos industriales nuevos, adicionales, autónomos y completamente verificables que demuestren una expansión real de la capacidad instalada, incorporación tecnológica o transferencia de conocimiento especializado.

Por último, el decreto prohíbe que estas exenciones arancelarias apliquen a importaciones destinadas a procesos comerciales ordinarios o bienes de consumo regular. Asimismo, el MinComercio determinó una cláusula de exclusión mutua: ninguna de las operaciones, inversiones o niveles de integración nacional acreditados para cumplir con el RTE-E podrá ser utilizada, total ni parcialmente, para tramitar de forma simultánea beneficios en otros instrumentos de política industrial o de promoción productiva del Estado colombiano.