Las modificaciones otorgan mayor margen de maniobra a la petrolera estatal para estructurar las planchas directivas y seleccionar al presidente de la compañía.
Medellín, 28 de octubre de 2026. La Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Interconexión Eléctrica S.A. (ISA) aprobó este 28 de octubre de 2026 las reformas estatutarias propuestas por Ecopetrol S.A. como accionista mayoritario. La reunión no presencial avaló modificaciones a los artículos 27 y 37 y eligió a los nueve integrantes del directorio.
La decisión transforma las reglas de gobierno corporativo del conglomerado. De hecho, las modificaciones otorgan mayor margen de maniobra a la petrolera estatal para estructurar las planchas directivas y seleccionar al presidente de la compañía.
La conformación de la Junta Directiva de ISA experimentó un viraje técnico en sus estatutos sociales. El antecedente inmediato fue la propuesta de ajuste radicada por Ecopetrol para agilizar decisiones de alto nivel. Por consiguiente, los accionistas modificaron dos artículos que condicionaban la rotación del directorio y el protocolo de selección de la presidencia ejecutiva.

¿Cuáles son los cambios en los estatutos sociales de ISA?
La asamblea intervino dos normas operativas de la sociedad anónima con sede en Medellín. En primer lugar, flexibilizó el parágrafo cuarto del artículo 27 para posibilitar una renovación total del cuerpo colegiado si así lo define la asamblea. Asimismo, redefinió la gestión de contratación en el artículo 37 sin tocar los requisitos de experiencia del cargo.
| Disposición estatutaria | Régimen previo | Régimen aprobado por la Asamblea |
| Artículo 27 (Parágrafo 4): Planchas de Junta | Requisito de retención de al menos tres miembros previos | Se propenderá por mantenerlos, pero no condiciona la validez ni impide renovación total |
| Artículo 37: Nombramiento de Presidente | Esquema tradicional con firma cazatalentos externa obligatoria | Proceso a cargo de Junta con Comité de Talento; uso de firma cazatalentos es opcional |
| Artículo 34 (Numeral 23): Criterios de idoneidad | Evaluación formal de conocimientos, idoneidad y liderazgo | Se mantiene intacto el estándar de mérito y justificación documentada |
| Periodo de la Junta Directiva | Vigencia estatutaria regular | Resto del periodo estatutario 2026-2028 |
| Regla de independencia | Mayoría independiente bajo Ley 964 de 2005 | Se preserva la mayoría de directores independientes |
En cuanto al nombramiento presidencial, ISA preservó los estándares de calificación técnica. La sociedad aclaró que la Junta Directiva sustentará la evaluación de candidatos con base en criterios de conocimientos, liderazgo e idoneidad. No obstante, el órgano directivo resolverá internamente si contrata o prescinde de consultores externos especializados en selección corporativa.
El impacto institucional para el empresariado de Medellín y Antioquia
ISA representa un pilar del patrimonio industrial y técnico del departamento de Antioquia. Su operación conecta las redes de transmisión eléctrica del país y gestiona activos de infraestructura vial y telecomunicaciones en la región. Por lo tanto, los gremios productivos y accionistas minoritarios de Medellín vigilan de cerca que las reformas no debiliten los contrapesos institucionales frente a las directrices de la administración central.
¿Qué sigue para la gobernanza de la compañía?
La Junta Directiva armonizará los códigos y manuales internos con las nuevas normas estatutarias. Además, el mercado bursátil permanecerá atento a las actas oficiales que certifiquen los nombres y perfiles asignados a cada uno de los nueve renglones directivos.
¿Qué aprobó la asamblea extraordinaria de accionistas de ISA?
La asamblea aprobó la reforma de dos artículos de los Estatutos Sociales sobre elección de junta y presidente corporativo. Asimismo, eligió a los nueve directores para completar el periodo 2026-2028 e instruyó armonizar los instrumentos internos.
¿Cómo cambia la selección de la Junta Directiva de ISA?
La nueva norma estatutaria señala que se propenderá por conservar al menos tres miembros de la junta saliente. Sin embargo, este criterio ya no es un requisito para validar la plancha ni frena la renovación total del órgano colegiado.
¿Es obligatoria una firma cazatalentos para elegir al presidente de ISA?
No. Con la reforma del artículo 37, la Junta Directiva gestionará el proceso y decidirá si contrata o no la asesoría de una firma especializada en contratación ejecutiva. No obstante, se mantienen vigentes los requisitos de idoneidad y experiencia del artículo 34.
¿Quién impulsó las modificaciones estatutarias en ISA?
Las proposiciones fueron presentadas y respaldadas por Ecopetrol S.A. en su condición de accionista mayoritario de Interconexión Eléctrica S.A. La petrolera estatal posee el control accionario de la compañía desde 2021.













