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El Ministerio de Minas y Energía da concepto favorable al proyecto de ley para prohibir el fracking en Colombia

Foto: Canva. La USO manifestó su desacuerdo con la decisión de avanzar en la venta del negocio de fracking de Ecopetrol en Estados Unidos.

La cartera concluyó que el Congreso tiene las facultades constitucionales para prohibir la técnica. Además, el documento prioriza la protección del agua sobre la rentabilidad petrolera.

Bogotá -7 de agosto de 2026. El Ministerio de Minas y Energía emitió un concepto favorable al Proyecto de Ley 011 de 2026 del Senado. Por lo tanto, el Gobierno Nacional respaldó la iniciativa que busca prohibir la exploración y explotación de yacimientos no convencionales mediante fracturamiento hidráulico (fracking).

La cartera confirmó que la propuesta es jurídicamente viable. Asimismo, el documento precisa que el Congreso cuenta con la libertad legislativa para modificar las reglas sobre los recursos naturales no renovables.

En primer lugar, el análisis aclara que la propiedad estatal del subsuelo permite restringir actividades nocivas. De este modo, la protección ambiental prima sobre los derechos de extracción.

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│           CLAVES DEL CONCEPTO SOBRE EL FRACKING (2026)      │
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│ Iniciativa Legislativa       │ Proyecto de Ley 011 de 2026 │
│ Calificación del MinEnergía  │ Viable jurídicamente         │
│ Fundamento Ambiental         │ Principios de precaución     │
│ Plazo de Transición Contractual│ 2 años para renegociación    │
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Riesgos ambientales y protección del recurso hídrico

Por un lado, el Ministerio argumentó que la técnica genera riesgos impredecibles para los acuíferos subterráneos. Por esta razón, la cartera priorizó el consumo humano de agua sobre el uso industrial.

Además, el concepto alerta sobre la sismicidad inducida y la contaminación atmosférica. En consecuencia, el Estado busca evitar pasivos ambientales irreparables en las regiones petroleras.

«La propiedad estatal del subsuelo comprende la facultad de restringir o prohibir la explotación cuando se puedan comprometer bienes constitucionales de mayor relevancia», detalla el concepto.

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│                 ALTERNATIVAS DE TRANSACCIÓN CRIPTO/ENERGÍA   │
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│ Contratos Vigentes           │ Traslado a campos convencionales│
│ Inversión Futura             │ Enfoque en energías limpias │
│ Liquidación de Contratos     │ Terminación por mutuo acuerdo│
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Un régimen de transición de dos años para la industria

Por otro lado, la entidad precisó que la prohibición no afectará la producción petrolera convencional. Igualmente, el proyecto contempla un periodo de adaptación de dos años para los contratos vigentes.

Durante este plazo, la Agencia Nacional de Hidrocarburos podrá reubicar las inversiones hacia yacimientos tradicionales o energías renovables. En cambio, si no hay acuerdo, los contratos se liquidarán.

Finalmente, el Gobierno nacional reafirmó su postura de reorientar el capital hacia la transición energética. En conclusión, el debate legislativo avanzará en el Senado durante las próximas semanas.