El impacto directo de la ley en el ámbito laboral y civil del país queda establecido en su Artículo 6°.
Bogotá -04 de Junio de 2026. La normativa rinde honores al municipio boyacense por sus aportes históricos y religiosos. El decreto ordena la inclusión del «Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá» como descanso remunerado obligatorio y autoriza inversiones presupuestales para infraestructura local.
El Congreso de la República de Colombia emitió un nuevo decreto legislativo que modifica el calendario de jornadas de descanso oficial en el territorio nacional. Según consta en el documento oficial, el legislativo aprobó una ley con el objeto de rendir homenaje al municipio de Chiquinquirá, ubicado en el departamento de Boyacá, reconociendo sus significativos aportes históricos, culturales, turísticos y religiosos al desarrollo del país.
La nueva normativa vincula de manera formal a la Nación a una serie de conmemoraciones históricas locales, entre las que destacan los 440 años del nacimiento del municipio, los 216 años de haberse convertido en Villa Republicana y el cumplimiento de 40 años desde la histórica visita del Papa Juan Pablo II a Chiquinquirá, ocurrida el 3 de julio de 1986.
Declaratoria de fiesta nacional y descanso obligatorio
El impacto directo de la ley en el ámbito laboral y civil del país queda establecido en su Artículo 6°. El texto decreta de manera oficial la declaración del Día de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá, que se conmemora el 9 de julio de cada año, como día festivo de carácter nacional y de obligatorio cumplimiento.
De acuerdo con lo estipulado en la ley visible:
- Derecho al descanso: Todos los trabajadores, pertenecientes tanto al sector público como al sector privado, adquieren el derecho al descanso remunerado por esta celebración de carácter religioso.
- Aplicación legal: Para la determinación exacta del día en el cual se disfrutará este descanso dentro del calendario anual, se aplicarán las disposiciones generales vigentes en la Ley 51 de 1983 (conocida tradicionalmente como la ‘Ley Emiliani’).
Inversiones en infraestructura y difusión cultural
Además del beneficio laboral para los ciudadanos, el articulado faculta al Gobierno nacional para destinar recursos económicos del Presupuesto General de la Nación a favor del municipio de Boyacá. Estas partidas presupuestales, sujetas a la disponibilidad y a los marcos fiscales de mediano plazo, financiarán obras de reconocimiento orientadas al desarrollo económico, turístico y religioso, incluyendo un plan maestro de acueducto y alcantarillado, así como el mejoramiento y la preservación de los monumentos y bienes de interés cultural e histórico de Chiquinquirá.
Por otra parte, el Artículo 2° autoriza la realización de una ceremonia conmemorativa conjunta entre el Gobierno nacional y el Congreso de la República en el propio municipio el próximo 1° de septiembre de 2026. Asimismo, el Sistema de Medios Públicos (RTVC) recibirá recursos presupuestales para el desarrollo y producción de un proyecto audiovisual enfocado en difundir la historia de la localidad, el cual deberá ser transmitido a través de los canales de la televisión pública nacional.
La ley, que cuenta con la firma del presidente del Senado de la República, Lidio Arturo García Turbay, entrará en plena vigencia a partir de la fecha de su promulgación oficial por parte del Ejecutivo.














