Advertisement

Consejo de Estado mantiene suspendido el aumento del 23,7% al salario mínimo

El Consejo de Estado dejó en firme la suspensión del aumento del 23,7% al salario mínimo. El Gobierno debe expedir un nuevo decreto.

BOGOTÁ — 14 de abril de 2026. La Sección Segunda del Consejo de Estado ratificó la medida cautelar que mantiene suspendido el Decreto 1469 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional había fijado un incremento histórico del 23,7% al salario mínimo para este año. A propósito de la resolución de un recurso de reposición que alegaba extralimitación de funciones, el alto tribunal desestimó los argumentos ciudadanos y confirmó que la norma seguirá sin efectos legales mientras se emite un fallo de fondo. Este resultado se traduce en una situación de incertidumbre para más de dos millones de trabajadores que devengan el mínimo, quienes ahora dependen de un nuevo acto administrativo.

Dicho lo anterior, el tribunal fue enfático al ordenar al Ejecutivo expedir un decreto con un alza transitoria basada en criterios legales, sin que esto signifique un desplazamiento del poder presidencial. Bajo este escenario, el Gobierno del presidente Gustavo Petro se ve obligado a redefinir el ajuste salarial bajo los parámetros de proporcionalidad y legalidad exigidos por la justicia administrativa.

Los detalles del fallo y la autonomía del Ejecutivo

El Consejo de Estado aclaró que su intervención no busca imponer un porcentaje específico, sino garantizar que el proceso administrativo cumpla con los requisitos de ley. Para empezar, el magistrado Juan Camilo Morales resolvió que el despacho está legalmente facultado para ordenar medidas provisionales que aseguren la estabilidad del proceso. Posteriormente, el fallo precisó que el Gobierno tiene la libertad de definir el nuevo incremento transitorio, siempre que se aleje del viciado decreto original de diciembre.

En este orden de ideas, los puntos clave de la decisión son:

  • Legalidad de la Suspensión: El tribunal negó que exista falta de congruencia o anticipación del fallo, ratificando que la medida cautelar es constitucional.
  • Orden al Ejecutivo: Se exige la expedición inmediata de un nuevo acto administrativo para evitar un vacío en los ingresos de los trabajadores.
  • Criterios de Ajuste: El nuevo porcentaje debe estar debidamente motivado y ajustado a la realidad económica del país en 2026.

Por consiguiente, la insistencia previa del Gobierno en mantener el 23,7% queda sin piso jurídico, obligando a una nueva negociación o decisión técnica.

Reacciones y panorama para los trabajadores

La decisión ha generado un fuerte debate político y social. En particular, desde el Ministerio de Trabajo se ha calificado la suspensión como un riesgo para los ingresos de la población más vulnerable. Cabe subrayar que la estabilidad de los contratos laborales y la capacidad adquisitiva de los hogares colombianos dependen de la celeridad con la que el Gobierno atienda esta orden judicial.

En resumidas cuentas, el ajuste del salario mínimo para 2026 entra en una fase de interinidad jurídica. Finalmente, se espera que el nuevo decreto transitorio se expida en los próximos días para dar claridad a empleadores y empleados.