Bogotá, 20 de febrero de 2026. El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, confirmó que el nuevo decreto transitorio sostendrá el aumento del 23,7%. A pesar de la suspensión del Consejo de Estado, el Ejecutivo busca que los trabajadores sigan recibiendo el incremento mientras se resuelve el conflicto jurídico.
El Gobierno ya radicó un recurso de súplica para levantar la medida cautelar.
Un pulso inédito entre el Ejecutivo y la Justicia
La situación actual del salario mínimo en Colombia no tiene precedentes. En primer lugar, es la primera vez que el Consejo de Estado suspende un aumento salarial mediante una medida cautelar apenas mes y medio después de su implementación. Por esta razón, el Gobierno ha tenido que recurrir a la figura de un «decreto provisional» para evitar que las nóminas del país regresen a los valores de 2025, lo que generaría un caos administrativo y social.
Sin embargo, esta maniobra jurídica camina sobre una línea delgada. El ministro Sanguino sostiene que la celeridad del alto tribunal es inusual y cuestiona que se exija un decreto provisional, figura que, según él, no existe formalmente en la legislación nacional. A pesar de esto, la Casa Nariño ha decidido apostar por mantener la cifra del 23,7% para enviar un mensaje de estabilidad a los hogares.
La estrategia del Gobierno: El Recurso de Súplica
Para revertir la suspensión, los ministerios de Hacienda y Trabajo radicaron un recurso de súplica. Los argumentos centrales son:
- Falta de daño inminente: El Gobierno afirma que no hay pruebas de que el aumento cause un perjuicio irreversible a la economía (periculum in mora).
- Debate interpretativo: Sostienen que no hay una infracción clara a la ley, sino una diferencia de interpretación sobre cómo se calculó la productividad.
- Falta de proporcionalidad: Argumentan que el juez no evaluó si suspender el salario era la medida más idónea y necesaria en este momento.
¿Qué significa esto para su empresa o su sueldo?
En la práctica, la situación se resume en los siguientes puntos para la ciudadanía:
- Sueldos iguales: Mientras se firma el decreto provisional, las empresas deben seguir pagando el aumento del 23,7%. No hay rebaja de sueldos inmediata.
- Seguridad Social: Los aportes a salud y pensión deben seguir liquidándose sobre la base del nuevo salario para evitar sanciones futuras.
- Incertidumbre jurídica: No obstante la voluntad del Gobierno, el Consejo de Estado aún tiene 38 demandas por resolver. Si el fallo de fondo declara la nulidad total, el país entraría en un terreno legal aún más pantanoso.
La presión de los gremios
Entidades como Fenalco lideran la oposición al decreto, argumentando que un alza de casi 18 puntos por encima de la inflación destruirá empleos formales. Por el contrario, sindicatos y el propio Ministerio de Trabajo defienden que el aumento es necesario para recuperar el poder adquisitivo perdido en años anteriores.














