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Lista Clinton: Una sanción que congela activos y aísla financieramente

En la imagen aparece el ex presidente de Estados Unidos, Bill Clinton.

Washington, 24 de octubre de 2025. El Departamento del Tesoro de Estados Unidos designó al presidente de Colombia, Gustavo Petro, a su esposa Verónica Alcocer, su hijo Nicolás Petro y al ministro del Interior, Armando Benedetti, en la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas –conocida como Lista Clinton–, administrada por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC). Esta medida implica la congelación inmediata de cualquier activo bajo jurisdicción estadounidense de los designados y prohíbe transacciones con ciudadanos o entidades de EE.UU., marcando un hito como la primera sanción de este tipo a un presidente colombiano en funciones.

La inclusión, justificada por «evidencia creíble de nexos con narcotráfico y corrupción», responde a informes de inteligencia de la DEA sobre financiamiento irregular en la campaña de Petro de 2022 y presuntas irregularidades en su Gobierno. Petro, en un tuit matutino, confirmó la sanción y anunció su defensa legal en EE.UU. con el abogado Dany Kovalik: «Luchar contra el narcotráfico durante décadas y con eficacia me trae esta medida del Gobierno de la sociedad que tanto ayudamos para detener sus consumos de cocaína. Toda una paradoja, pero ni un paso atrás y jamás de rodillas».

La Lista Clinton: Origen en la lucha antidrogas de los 90

La Lista Clinton, formalmente la Specially Designated Nationals and Blocked Persons List (SDN List), fue creada por la Orden Ejecutiva 12978 firmada por el presidente Bill Clinton el 21 de octubre de 1995, como parte de la estrategia nacional contra el narcotráfico. Surgió en respuesta al auge del tráfico de cocaína hacia EE.UU., con Colombia como principal productor, y se inspiró en leyes anteriores como la International Emergency Economic Powers Act de 1977, que permite al Ejecutivo bloquear activos por amenazas a la seguridad nacional.

La OFAC, dependiente del Tesoro, administra la lista desde entonces, incorporando designaciones por narcotráfico, terrorismo, lavado de activos, proliferación de armas y corrupción. Inicialmente enfocada en carteles como el de Cali y Medellín –que generaban 4.000 millones de dólares anuales en los 90, per DEA–, ha evolucionado para incluir funcionarios extranjeros y redes globales, con más de 2.000 entradas activas en 2025. En América Latina, ha sancionado a 500 individuos desde 2000, incluyendo a Nicolás Maduro en 2019 y líderes de carteles mexicanos.

El propósito es aislar financieramente a objetivos, desmantelando redes ilícitas sin intervención militar. La lista se actualiza diariamente vía Sanctions List Search, un herramienta pública que emplea lógica difusa para coincidencias en nombres y entidades.

Efectos inmediatos: Congelación de activos y prohibición de transacciones

Los designados enfrentan consecuencias drásticas bajo la jurisdicción de EE.UU., que controla el 40% de las transacciones globales vía SWIFT y el dólar como moneda reserva. Principales impactos:

  • Congelación de activos: Cualquier cuenta, propiedad o inversión en bancos, empresas o instituciones bajo control estadounidense queda bloqueada indefinidamente. Esto incluye tarjetas de crédito, fondos de inversión y bienes en EE.UU. o con nexos (e.g., subsidiarias de multinacionales). Para Petro, afecta posibles reservas personales o familiares en dólares; para Benedetti, activos ministeriales vinculados.
  • Prohibición de transacciones: Ciudadanos o entidades de EE.UU. no pueden realizar negocios con los sancionados, bajo penas de hasta 1 millón de dólares por violación. Bancos globales, para evitar multas, congelan operaciones, limitando pagos internacionales, remesas o compras en dólares. En Colombia, la Superintendencia Financiera (SFC) obliga a entidades locales a acatar, congelando cuentas de los designados per Ley 1701 de 2013.
  • Efectos secundarios: Aislamiento político y reputacional. Países aliados de EE.UU. –como Colombia, receptora de 1.000 millones de dólares anuales en ayuda– enfrentan presiones diplomáticas. Empresas evitan asociaciones, y el riesgo país sube 50-100 puntos básicos, elevando costos de deuda en 0,5%, según Fedesarrollo.

La lista es «auto-ejecutable»: no requiere juicio; basta evidencia de la OFAC, apelable vía procedimientos administrativos. Remociones ocurren por cumplimiento (e.g., 200 del Cartel de Cali en 1997) o errores, pero duran años.