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EPM debe centrarse en prestar los servicios públicos: Fenalco Antioquia

Imagen: EPM

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El Vicepresidente del sector de Electrodomésticos de Fenalco Antioquia, Ramiro López Ramírez, expresa que «el contenido del fallo es lo que esperábamos los comerciantes, porque EPM debe centrarse en prestar los servicios públicos», de esta manera sentó su posición frente al fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia en el que se declara que el programa de financiación de Empresas Públicas de Medellín, EPM, no está dentro de su objeto social.

Sergio Palacio Quiroga, Gerente de Electroferia, afirma que «la Tarjeta es una amenaza, no solo por las ventas, sino por la competencia desequilibrada en precios y financiación que representa. EPM está concebida para prestar servicios públicos esenciales y no para vender electrodomésticos a crédito, porque hay otros que por mucho tiempo nos hemos dedicado a esta actividad comercial».

Los comerciantes han tenido que implementar innumerables estrategias como incurrir en onerosos créditos financieros para poder sobrevivir y conservar los puestos de trabajo de miles de sus colaboradores, incrementando sus costos y gastos de operación, para poderle demostrar a sus clientes que son especialistas en la venta de electrodomésticos, que es su razón de ser.

«La ejecución del programa de financiación ha representado para el comercio una competencia desigual que llevó a los comerciantes a reinventarse para asegurar su permanencia en el mercado, en muchos casos a costa de un alto endeudamiento financiero al que se vieron obligados. También pone en riesgo el patrimonio de EPM, una empresa respetada, bien posicionada y querida, lo que preocupa al Gremio de los comerciantes», sostiene el Director Ejecutivo de FENALCO ANTIOQUIA, Sergio Ignacio Soto Mejía.

Respuesta de EPM:

Frente al reciente fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia, que declaró la nulidad del Decreto 1692 de 2008, por el cual se implementó el Programa de Financiación Social de EPM, la entidad se permite entregar las siguientes precisiones:

1. El Programa de Financiación Social, creado en 2008, es una apuesta de EPM para mejorar la calidad de vida de sus clientes, facilitando a las personas naturales el acceso al crédito para la adquisición de electrodomésticos y la ejecución de reformas locativas a través de la tarjeta Grupo EPM, y adicionalmente para las micro y pequeñas empresas (Mypes) la renovación de su infraestructura productiva a través del crédito Crecer. Con ello, el Programa posibilita un mayor acceso y disfrute de los servicios públicos domiciliarios, promoviendo su uso eficiente.

2. Desde su inicio, el Programa cuenta con el respaldo del BID, entidad que otorgó un crédito a EPM por USD 10 millones para apalancar su desarrollo. En 2011 ambas entidades suscribieron un convenio de cooperación técnica para impulsar la financiación productiva en las micro y pequeñas empresas, que adicionalmente incluye la capacitación y asesoría técnica para el uso eficiente de los servicios públicos, el manejo del dinero y el uso de internet para potenciar los negocios de los pequeños empresarios.

3. El Programa está presente en todos los municipios del Área Metropolitana y en 11 municipios más del mercado de Antioquia. La tarjeta Grupo EPM beneficia hoy a más de 137.000 familias, el 52% de ellas perteneciente a los estratos 1 y 2, el 36% al estrato 3, el 8% al estrato 4, y el 4% a los estratos 5 y 6.

4. Gracias a este Programa, más de 11.000 familias han logrado crear su historial crediticio por primera vez, posibilitando su acceso al sistema financiero formal.

5. En sus cinco años de operación, el Programa de Financiación Social de EPM ha otorgado cupos por un total de $ 202.995 millones y sus clientes han realizado compras por $ 174.848 millones a través de la Tarjeta Grupo EPM, utilizando la red de más de 160 aliados comerciales en toda la región, de los cuales 137 corresponden a pequeños y medianos comerciantes.

6. La sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia no es un fallo definitivo; es una instancia transitoria susceptible de ser revocada por el Consejo de Estado, que constituye la segunda instancia del proceso judicial.

7. EPM apelará la decisión ante el Consejo de Estado dentro del plazo estipulado por la ley, por considerar que existe conexidad entre el Programa de Financiación Social y los servicios públicos domiciliarios que presta la organización, de acuerdo con su objeto social.

8. Mientras el proceso legal continúa su curso, el Programa de Financiación Social, la Tarjeta Grupo EPM para personas naturales y el Crédito Crecer dirigido a la micro y pequeña empresa, seguirán operando de manera normal, tal y como lo han venido haciendo hasta ahora, garantizando el cumplimiento de los compromisos pactados con los clientes, aliados y proveedores.

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