MEDELLÍN —31 de marzo de 2026. Empresas Públicas de Medellín (EPM), en cabeza de su Gerente General, Jhon Maya Salazar, emitió un comunicado oficial en respuesta al proceso sancionatorio anunciado por el Ministerio de Ambiente. La organización ratificó que la central opera en estricto cumplimiento de la licencia ambiental y la Resolución 2306 de 2019. De esta manera, la empresa desvirtúa los señalamientos de irregularidades técnicas en el manejo de caudales. Asimismo, EPM enfatizó que toda la información sobre niveles y descargas se reporta en tiempo real a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA).
En consecuencia, la entidad reiteró su compromiso con la transparencia y la seguridad de las comunidades aguas abajo. De hecho, la infraestructura se mantiene estable y opera bajo monitoreo constante las 24 horas del día.
Mitigación de crecientes y seguridad técnica
La operación del embalse ha sido fundamental para evitar desastres naturales en las zonas de influencia. En primer lugar, EPM recordó que durante 2025 y lo corrido de 2026, la represa mitigó eventos hidrológicos significativos. Por ejemplo, en abril de 2025, el embalse contuvo un pico de 5.000 m³/s del río Cauca, evitando inundaciones en las poblaciones ribereñas.
Por lo tanto, la gestión técnica se apoya en una red de medición robusta:
- Centro de Monitoreo Técnico (CMT): Opera de manera ininterrumpida.
- Anticipación: Permite detectar riesgos con hasta 40 horas de antelación.
- Estaciones Clave: Monitoreo en La Virginia, La Pintada, Bolombolo y Olaya.
Por consiguiente, EPM sostiene que la protección de la vida está por encima de cualquier consideración comercial. Asimismo, mantiene comunicación permanente con el DAGRAN y los consejos municipales de gestión del riesgo.
Restricciones ambientales vs. Capacidad estructural
La empresa aclaró la situación actual sobre el nivel del embalse, el cual se sitúa cerca de la cota 409 m s. n. m. Al respecto, EPM explicó que esta cifra no representa un límite estructural de la presa, cuya cota máxima es de 420 m s. n. m. Por el contrario, las limitaciones actuales responden exclusivamente a obligaciones ambientales pendientes.
Debido a esto, la empresa ha solicitado formalmente a la ANLA autorizaciones para:
- Remoción vegetal: Ejecutar la limpieza pendiente entre las cotas 409 y 420.
- Ajuste operativo: Ampliar la capacidad de regulación de crecientes para proteger a las comunidades.
En definitiva, EPM ejercerá su derecho al debido proceso una vez sea notificada formalmente de los detalles de la sanción. Finalmente, la organización aseguró que dará una respuesta oportuna y técnica ante la autoridad ambiental. De esta forma, la empresa busca demostrar la responsabilidad y sostenibilidad con la que se gestiona el proyecto energético más importante del país.













