Bogotá, 28 de enero de 2026. El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios un proyecto de decreto que elimina la retención en la fuente del 1,5% a título de impuesto sobre la renta en pagos realizados con tarjetas débito y crédito para compra de bienes y servicios.
La medida, que modifica el Decreto 1625 de 2016, busca equiparar el tratamiento tributario de las tarjetas con otros medios electrónicos como transferencias, códigos QR y billeteras digitales, que actualmente no tienen esta retención.
El cambio entraría en vigencia el 1 de marzo de 2026 y, según Hacienda, mejoraría el flujo de caja de los comercios sin afectar el recaudo total a largo plazo.
¿Qué propone exactamente el proyecto de decreto?
La retención del 1,5% en pagos con tarjetas existe desde 2001 y funciona como un anticipo del impuesto sobre la renta que descuenta el banco o la red al comercio al momento de la transacción.
El proyecto deroga esta obligación y modifica el artículo correspondiente del Decreto Único Reglamentario Tributario, argumentando que la evolución de los pagos electrónicos ha generado un trato desigual: mientras transferencias entre cuentas de bajo monto, QR o billeteras no pagan retención, las tarjetas sí.
Hacienda cita un concepto de la Superintendencia Financiera que explica la “desmaterialización” de los instrumentos de pago: una tarjeta débito, sea física o virtual, cumple la misma función económica que otros medios digitales, por lo que no debería tener un gravamen distinto.
Se mantiene una excepción: si hay normas especiales con retenciones superiores a cero (por ejemplo, en ciertos servicios), estas seguirán aplicándose independientemente del medio de pago.
¿Por qué ahora y qué beneficios trae?
El Ministerio argumenta que la retención actual genera distorsiones: los comercios reciben menos dinero inmediato (pierden liquidez) y suelen trasladar ese costo a los precios finales, encareciendo bienes y servicios para el consumidor.
Al eliminarla, se mejora el flujo de caja de los establecimientos, especialmente pequeños y medianos, que dependen de ventas diarias. Además, se incentiva el uso de medios electrónicos al eliminar un desincentivo tributario, lo que fortalece la trazabilidad de transacciones y reduce la evasión al disminuir el efectivo.
Fiscalmente, Hacienda reconoce una reducción de caja en 2026 (recaudo anticipado que se aplaza), pero insiste en que el impacto es neutro a largo plazo: el impuesto se paga igual al declarar renta, solo más tarde.
¿Cómo te afecta como consumidor o comerciante?
Para el ciudadano común, esta medida puede traducirse en beneficios indirectos:
- Precios potencialmente más bajos: los comercios ya no descontarán el 1,5% anticipado, lo que podría reflejarse en márgenes menores o promociones.
- Más opciones digitales: al equiparar tarjetas con billeteras y QR, se fomenta la competencia entre medios de pago, beneficiando al usuario con menores comisiones o mejores experiencias.
- Como comerciante: mayor liquidez inmediata (recibes el 1,5% extra al instante) y menos carga administrativa.
En resumen, es un alivio para el comercio formal y un paso hacia la equidad en pagos electrónicos.
Lo que viene: comentarios y vigencia
El proyecto está abierto a comentarios ciudadanos y del sector antes de su expedición definitiva. El plazo de un mes (aproximado) permite ajustes basados en observaciones técnicas.
Si se aprueba como está, entrará en vigencia el 1 de marzo de 2026, dando tiempo a bancos, redes y comercios para adaptar sistemas.
En síntesis
El proyecto de Hacienda busca modernizar el tratamiento tributario de los pagos electrónicos, eliminando una retención obsoleta que distorsionaba la competencia entre tarjetas y otros medios digitales. Al mejorar el flujo de caja de los comercios y promover la digitalización, la medida alinea eficiencia, equidad y lucha contra la evasión, con impacto neutro en el recaudo final. Un paso hacia un sistema tributario más adaptado a la realidad de los pagos modernos.














