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Multa millonaria a Movistar por frenar la portabilidad numérica

Foto: Canva. La SIC requiere información a operadores por alza de precios en marzo de 2026. Analiza competencia, 5G e integración Tigo-Movistar.

La SIC multa a Movistar por no entregar el código NIP y obstaculizar el cambio de operador a sus usuarios.

BOGOTÁ, 30 de abril de 2026. — La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en su rol de autoridad de protección de usuarios de servicios de comunicaciones, impuso una sanción de $4.679.844.144 a Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP BIC (Movistar). La decisión, oficializada mediante la Resolución 26355 del 15 de abril de 2026, castiga el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el proceso de portabilidad numérica, conducta que afectó directamente el derecho de los ciudadanos a cambiar libremente de operador.

Bajo este escenario, la SIC reafirma que la portabilidad no es una opción discrecional de las empresas, sino una garantía fundamental para la competencia y el bienestar del consumidor en el sector.

Las conductas sancionadas: Trabas al NIP y ofertas inoportunas

La investigación administrativa se originó tras denuncias de otros operadores del sector. La autoridad encontró que Movistar, actuando como proveedor donante, incurrió en prácticas que entorpecieron el proceso de migración de sus clientes:

  • Falla en la entrega del NIP: El operador no entregó de manera oportuna, o en algunos casos omitió totalmente, el Número de Identificación Personal (NIP) de confirmación a los usuarios que solicitaron el cambio.
  • Interferencia en el proceso: Se evidenció la realización de «actividades de recuperación» mediante el envío de ofertas comerciales incluso antes de suministrar el código NIP a los interesados.
  • Desacato administrativo: Al inicio de la actuación, la SIC impartió una orden para asegurar el cumplimiento normativo, pero la empresa no presentó soportes que demostraran haber acatado dicha medida.

La importancia del NIP en la portabilidad

El Número de Identificación Personal (NIP) actúa como la «llave» técnica que permite identificar y adelantar el trámite entre el operador receptor y el donante. Sin este código, entregado en tiempos específicos, el proceso de portabilidad pierde su eficacia y se convierte en una barrera de salida para el usuario.

Por otra parte, la SIC subrayó que estas conductas constituyen incumplimientos graves a las obligaciones regulatorias que garantizan el adecuado funcionamiento del mercado y la libre elección.

Recursos legales y protección al consumidor

En resumidas cuentas, esta sanción busca prevenir la reiteración de prácticas que limiten la movilidad de los usuarios entre compañías de telecomunicaciones. Finalmente, contra este acto administrativo proceden los recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios y de apelación ante la Superintendencia Delegada para la Protección del Consumidor.

La autoridad reiteró que continuará fortaleciendo la vigilancia en el sector para evitar abusos y garantizar que el derecho a la portabilidad sea una realidad efectiva para todos los colombianos.