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SIC formula cargos contra Movistar por cobros no autorizados de equipos WiFi

Foto: Cortesía. La Superintendencia de Industria y Comercio SIC formula pliego de cargos contra Movistar por cobrar repetidores de WiFi sin consentimiento.

BOGOTÁ — 9 de abril de 2026. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) anunció este jueves el inicio de una investigación formal contra Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC (Movistar) por presuntas irregularidades en la facturación de sus servicios. A propósito de múltiples denuncias de usuarios, la autoridad emitió la Resolución No. 21211 del 26 de marzo de 2026, mediante la cual se formulan cargos por el cobro sistemático de repetidores de señal conocidos como «Baseport» sin el consentimiento previo de los clientes. Este resultado se traduce en una posible vulneración al derecho de libre elección de los consumidores, quienes habrían recibido «cobros sorpresa» en sus facturas entre agosto de 2020 y mayo de 2024. Dicho lo anterior, la SIC busca determinar si la compañía impuso la adquisición de estos equipos sin informar adecuadamente las tarifas aplicables.

Bajo este escenario, la empresa de telecomunicaciones se enfrenta a un proceso administrativo que pone en tela de juicio sus prácticas de transparencia e información al usuario.

Cargos imputados y derechos vulnerados

La investigación de la Superintendencia se fundamenta en el análisis de información recaudada durante una etapa de averiguación preliminar. Para empezar, se acusa a Movistar de presuponer la voluntad del usuario al facturar equipos que no fueron solicitados expresamente. Posteriormente, se formuló un cargo por el presunto desconocimiento del derecho a recibir información suficiente, oportuna y comprobable, al no mantener actualizado el contrato único de prestación de servicios fijos.

En este orden de ideas, los puntos centrales del pliego de cargos son:

  • Vulneración a la libre elección: El usuario debe poder elegir en todo momento qué equipos utiliza para acceder al servicio.
  • Falta de consentimiento: Cobros realizados sin una firma o aceptación clara de los cargos por repetidores.
  • Opacidad tarifaria: Facturación de montos no informados previamente a los quejosos.
  • Incumplimiento contractual: Deficiencias en la actualización y acceso al contenido del contrato de servicios.

Por consiguiente, la conducta del operador habría afectado la capacidad de los ciudadanos para gestionar sus finanzas personales frente a los servicios públicos contratados.

Consecuencias legales y términos de defensa

El proceso administrativo que lidera la «SIC del Cambio» contempla sanciones severas en caso de que se demuestre la responsabilidad de la empresa. En particular, la Superintendencia podría imponer multas de hasta 15.000 SMLMV (Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes) por cada infracción comprobada. Cabe subrayar que, de acuerdo con la Ley 1437 de 2011, contra esta resolución de formulación de cargos no procede recurso alguno.

En resumidas cuentas, el operador cuenta ahora con un término legal de 15 días hábiles para ejercer su derecho de defensa y contradicción tras ser notificado. Finalmente, la decisión final de la SIC servirá como precedente para la industria de las comunicaciones sobre la validez de los cargos adicionales en facturación. De esta manera, este jueves 9 de abril de 2026 se ratifica que la vigilancia estatal se mantiene firme en la protección de los derechos de los usuarios de servicios fijos en el país.