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Corte Constitucional tumba la emergencia económica y frena recaudación de $11 billones

BOGOTÁ — 9 de abril de 2026. En una decisión trascendental para la estabilidad jurídica del país, la Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 1390 de 2025, el cual sustentaba la emergencia económica decretada por el Gobierno en diciembre pasado. A propósito de la revisión de constitucionalidad, el alto tribunal votó 6 a 2 en favor de la ponencia del magistrado Carlos Camargo, argumentando que no se cumplían los presupuestos de excepcionalidad exigidos por la Carta Magna. Este resultado se traduce en la anulación inmediata de un ambicioso paquete de medidas tributarias con las que el Ejecutivo pretendía recaudar cerca de $11 billones. Dicho lo anterior, el fallo deja sin piso jurídico gravámenes que ya estaban en marcha sobre el sector financiero, el comercio digital y los bienes de lujo, generando un vacío en las proyecciones presupuestales del año en curso.

Bajo este escenario, el Gobierno se enfrenta ahora al reto de tramitar estas medidas a través del Congreso mediante una ley de financiamiento con mensaje de urgencia, bajo la advertencia presidencial de decretar una nueva emergencia si el legislativo no responde positivamente.

Los impuestos que quedan sin efecto

La caída del decreto impacta directamente una amplia gama de tributos que afectaban tanto al consumo masivo como a sectores específicos. Para empezar, se detiene el aumento del IVA (del 5% al 19%) para licores y vinos, así como el impuesto especial a cigarrillos y vapeadores. Posteriormente, el sector financiero ve aliviada su carga impositiva, al eliminarse la sobretasa de 15 puntos en renta que elevaba su tarifa al 50%.

En este orden de ideas, las medidas que pierden vigencia incluyen:

  • Comercio Digital: Se restablece la exención de IVA para importaciones de hasta US$200 (el Gobierno buscaba bajarla a US$50).
  • Bienes de Lujo: Queda anulado el impuesto al consumo del 19% en yates, aeronaves y motos de alto cilindraje.
  • Patrimonio: Se suspende la tarifa progresiva de hasta el 5% para patrimonios superiores a $2.094 millones.
  • Sector Energético: Se caen el impuesto del 1% a la exportación de petróleo y carbón, y la contribución parafiscal del 2,5%.

Por consiguiente, los contribuyentes que estaban sujetos a estas nuevas cargas verán un retorno a las condiciones tributarias previas a diciembre de 2025.

Futuro político y presión presupuestal

La decisión de la Corte genera una tensión inmediata entre las ramas del poder público. En particular, el salvamento parcial de voto de los magistrados Héctor Carvajal y Vladimir Fernández refleja la división interna sobre el alcance de las facultades del Ejecutivo en situaciones de crisis. Cabe subrayar que la suspensión de los efectos de los decretos ya venía operando provisionalmente desde enero, por lo que muchas empresas y ciudadanos estaban a la espera de este fallo definitivo para ajustar sus proyecciones financieras.

En resumidas cuentas, el Gobierno queda con un margen de maniobra reducido y una brecha fiscal de $11 billones por cubrir. Finalmente, el debate se traslada ahora al Congreso, donde la «Ley de Financiamiento» será la prioridad absoluta para evitar un desbalance en las cuentas públicas. De esta manera, este jueves 9 de abril de 2026 se ratifica que el control constitucional sigue siendo el principal contrapeso a las medidas de excepción, obligando a que las reformas estructurales pasen por el consenso legislativo.