Bogotá, 27 de febrero de 2026. El Ministerio de Salud expidió el Decreto 0182 de 2026, una norma que impone límites mínimos de participación para las EPS en los territorios. Con la regla del 3%, aquellas entidades con pocos afiliados en municipios o departamentos perderán su autorización para operar allí, forzando la redistribución de millones de usuarios.
Mientras el Gobierno busca «eficiencia y escala», el gremio Acemi advierte que la medida es «imprudente» y que profundizará la crisis al enviar pacientes a EPS que ya están intervenidas.
La «limpieza» territorial del sistema
La nueva norma busca eliminar la dispersión de EPS pequeñas. En primer lugar, el decreto establece que en municipios de menos de 30.000 habitantes solo podrán operar una o dos entidades. Por esta razón, si una EPS no alcanza el umbral de afiliados (3% a nivel local, o hasta 15% en ciertos departamentos), deberá ceder su población a las competidoras más grandes.
Sin embargo, la mayor preocupación radica en la capacidad de respuesta. En consecuencia, expertos como Jesús Albrey González señalan que la Nueva EPS sería la mayor receptora, pudiendo sumar 3,1 millones de nuevos usuarios a sus ya 11,6 millones de afiliados. De igual manera, Ana María Vesga (Acemi) alerta que muchas de las receptoras son entidades bajo medida de intervención, lo que pone en duda la calidad de la atención para los pacientes trasladados.
EPS con menor número de afiliados (Potencialmente afectadas)
Entidades que, por su baja escala, enfrentan el mayor riesgo de exclusión territorial:
| EPS | Número de Afiliados | Riesgo Operativo |
| EPM | 6.839 | Crítico en la mayoría de zonas. |
| Ferronales | 28.433 | Alta probabilidad de exclusión. |
| Fundación Salud Mía | 76.871 | Vulnerable según el municipio. |
| Pijaos Salud | 112.027 | Riesgo de fragmentación. |
| Comfachocó | 167.412 | Sujeta a umbrales regionales. |
| Capresoca | 167.740 | Sujeta a umbrales regionales. |
El nuevo tablero de participación
Por otro lado, el decreto es estricto en la concentración del mercado:
- Ciudades grandes (>500k hab): Operan todas las que superen el 3%.
- Municipios medianos (100k – 500k hab): Máximo 5 EPS.
- Municipios pequeños (20k – 30k hab): Máximo 2 EPS.
Finalmente, para Acemi, este cambio no solo es inoportuno por la «fragilidad financiera» del sistema, sino que además tendría reserva de ley, lo que anticipa una batalla jurídica sobre la legalidad del decreto ante el Consejo de Estado.














