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Gobernación de Antioquia rechaza decretos tributarios de emergencia económica

En la imagen aparece el Gobernador de Antioquia Andrés Julián Rendón

Medellín, 15 de enero de 2026. El Gobierno Nacional expidió un decreto de emergencia económica que incluye medidas tributarias, entre ellas la aplicación de IVA del 19% a bebidas alcohólicas. La Gobernación de Antioquia, liderada por Andrés Julián Rendón, anunció que no acogerá estas disposiciones tributarias al considerarlas contrarias a la Constitución y lesivas para la autonomía fiscal departamental.

El principal impacto recae en la Fábrica de Licores de Antioquia (FLA), que podría perder cerca de $40.000 millones en ingresos, afectando directamente las finanzas del departamento y su capacidad de inversión social.

¿Qué sucedió exactamente?

El Ministerio de Hacienda expidió un decreto bajo el estado de emergencia económica, facultad excepcional que permite al Presidente dictar normas con fuerza de ley para enfrentar crisis graves e imprevisibles. En este caso, el decreto incluye medidas tributarias destinadas a incrementar la recaudación nacional.

Antioquia, mediante comunicado oficial, informó que inaplicará la parte tributaria del decreto. El gobernador Andrés Julián Rendón argumentó que las disposiciones vulneran la autonomía territorial garantizada por la Constitución (artículos 287 y 288) y afectan desproporcionadamente las rentas departamentales derivadas del monopolio de licores.

La herramienta jurídica utilizada es la excepción de inconstitucionalidad: una figura que permite a las autoridades públicas suspender la aplicación de una norma mientras la Corte Constitucional resuelve de fondo su constitucionalidad. Esta medida busca evitar un “perjuicio irremediable” a las finanzas departamentales.

Análisis de implicaciones: ¿Por qué esto es relevante?

Los departamentos colombianos tienen constitucionalmente la facultad de administrar el monopolio de licores y destinar sus rentas a salud, educación e infraestructura. La FLA es una de las empresas públicas más rentables del país y aporta una porción significativa del presupuesto de Antioquia.

El decreto nacional grava con IVA del 19% productos que tradicionalmente estaban exentos o sujetos solo al impuesto al consumo departamental. Esta doble tributación reduce la competitividad de la FLA y, por ende, sus ventas e ingresos.

Analogía sencilla: es como si el Gobierno Nacional decidiera cobrar un peaje adicional en una vía que los departamentos construyeron y mantienen con sus propios recursos. El departamento pierde recaudación sin haber generado el nuevo costo.

Este episodio pone en evidencia la tensión permanente entre centralismo fiscal y autonomía territorial en Colombia, un debate que se intensifica en momentos de crisis presupuestal nacional.

Puntos clave del conflicto

AspectoDetalleImpacto Estimado
Medida cuestionadaAplicación de IVA 19% a licoresReducción de ventas FLA
Pérdida proyectada$40.000 millones anuales para la FLAMenos recursos para inversión departamental
Figura jurídicaExcepción de inconstitucionalidadSuspensión temporal hasta fallo de Corte
Principio constitucionalAutonomía territorial (art. 287-288 CP)Posible vulneración según Gobernación
Beneficio buscado por NaciónMayor recaudación en emergencia económicaRefuerzo caja nacional

¿Cómo le toca el bolsillo y los servicios?

Si el decreto se aplicara plenamente, los precios de aguardiente, ron y whisky aumentarían significativamente en Antioquia. Esto reduciría el consumo, afectaría los ingresos de la FLA y, en consecuencia, el presupuesto departamental destinado a hospitales, escuelas y vías.

Al inaplicar la norma, Antioquia protege temporalmente el precio actual de los licores y mantiene estables sus rentas. El ciudadano común de Antioquia, por ahora, no verá alza inmediata en botellas y el departamento conserva recursos para programas sociales.

Sin embargo, si la Corte Constitucional declara constitucional el decreto, el impuesto se aplicaría retroactivamente o de forma inmediata, generando el impacto económico originalmente estimado.

¿Qué puede suceder?

El desenlace depende del control automático que la Corte Constitucional realiza sobre decretos de emergencia. Históricamente, la Corte ha sido estricta con los requisitos de necesidad y proporcionalidad en estados de excepción.

Posibles escenarios:

  • Corte declara inconstitucional la medida tributaria: Antioquia mantiene su posición y el modelo de rentas departamentales por licores se preserva.
  • Corte avala el decreto: Antioquia deberá aplicar el IVA, con la consecuente pérdida de ingresos y posible ajuste presupuestal (recortes o nuevos impuestos locales).
  • Solución política: Congreso podría incluir o modificar la medida en una reforma tributaria ordinaria, sometiéndola a debate amplio.

En cualquier caso, el precedente fortalecerá o debilitará la autonomía fiscal de los departamentos frente al Gobierno central en futuras emergencias.

En síntesis

Antioquia ha activado la excepción de inconstitucionalidad para suspender la aplicación de las medidas tributarias contenidas en el decreto de emergencia económica nacional. La controversia centra su impacto en la Fábrica de Licores de Antioquia y pone en el centro del debate la distribución de competencias fiscales entre Nación y departamentos.

El fallo definitivo de la Corte Constitucional determinará el alcance real de estas disposiciones y sus efectos sobre las finanzas regionales.