Medellín, 15 de enero de 2026. El alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, presentó una solicitud de medidas cautelares ante la Corte Constitucional para suspender de inmediato el decreto de emergencia económica declarado por el Gobierno Nacional.
El documento de 48 páginas argumenta que el decreto es manifiestamente inconstitucional y busca evadir el control judicial aprovechando el receso de la Rama Judicial hasta esa misma fecha. De no suspenderse, se consolidarían perjuicios irreversibles como el aumento del IVA en productos de consumo del 5% al 19%, elevando el costo de vida de los ciudadanos.
¿Qué solicitó exactamente el Alcalde?
Coincidiendo con el reinicio de sesiones de la Corte Constitucional, Federico Gutiérrez radicó una acción solicitando medidas cautelares de urgencia contra el decreto que declaró la emergencia económica y los decretos legislativos derivados, especialmente el que implementa reformas tributarias.
El alcalde sostiene que el Ejecutivo expidió estas normas el 29 de diciembre de 2025 para que entraran en vigor el 1 de enero de 2026, aprovechando la vacancia judicial y evitando así un control inmediato. La solicitud busca suspender los efectos mientras la Corte decide de fondo la constitucionalidad.
Gutiérrez llamó a gobernadores, alcaldes, empresarios y ciudadanos a sumarse a la iniciativa para fortalecer el debate jurídico.
¿Por qué esto es crucial?
Los estados de emergencia económica permiten al Presidente dictar decretos con fuerza de ley, pero están sujetos a requisitos estrictos: crisis grave, imprevisible y que no pueda resolverse con herramientas ordinarias. La Corte realiza control automático posterior.
Analogía útil: es como aprobar una ley controvertida en Navidad, cuando el Congreso está en receso y los tribunales cerrados, para que entre en vigor antes de cualquier revisión. Según el alcalde, esto subvierte la separación de poderes y convierte la presunción de constitucionalidad en “licencia para alterar el orden democrático”.
El documento cuestiona la transparencia del diagnóstico fiscal, destacando que el Gobierno omitió mencionar la exitosa colocación de $23 billones en títulos TES el 19 de diciembre de 2025, lo que demostraría disponibilidad de financiamiento ordinario.
Argumentos clave de la solicitud de medidas cautelares
| Argumento Principal | Detalle | Implicación Constitucional |
|---|---|---|
| Evasión de control judicial | Decreto expedido en vacancia judicial (hasta 13 ene 2026) | Elude revisión inmediata |
| Asunción de funciones del Congreso | Reforma tributaria por decreto tras rechazo previo en debate ordinario | Vulnera artículo 150 y separación de poderes |
| Falta de imprevisibilidad | Problemas como UPC salud, ola invernal y sentencias son conocidos | No cumple requisitos emergencia (art. 215 CP) |
| Financiamiento alternativo disponible | Colocación exitosa TES $23 billones en diciembre 2025 | Elimina justificación excepcional |
| Perjuicio irremediable | Aumento IVA 5% → 19% genera daño patrimonial irreversible | Necesidad de cautelar urgente |
¿Cómo lo impacta como ciudadano?
Las medidas tributarias habilitadas por la emergencia incluyen el paso del IVA en ciertos bienes de consumo del 5% al 19%, lo que encarece productos básicos y de uso cotidiano desde el 1 de enero de 2026.
Para una familia promedio, esto representa un incremento directo en la canasta de compras, reduciendo poder adquisitivo y afectando especialmente a estratos medios y bajos. El alcalde advirtió que, sin suspensión, estos perjuicios se consolidan de forma irreversible.
A nivel local, Medellín y Antioquia ven amenazadas sus finanzas por la afectación a rentas propias (como licores), lo que podría traducirse en menos inversión en educación, salud y seguridad.
¿Qué puede decidir la Corte?
La Corte Constitucional, al retomar sesiones, podría pronunciarse en días o semanas sobre la medida cautelar. Históricamente, ha concedido suspensiones provisionales cuando detecta riesgo de perjuicio irremediable.
Escenarios probables:
- Concede cautelar: Se suspenden los efectos del decreto (incluyendo nuevos impuestos) hasta fallo de fondo.
- Niega cautelar: Las medidas siguen vigentes, consolidando la reforma tributaria durante 2026.
- Fallo de fondo rápido: La Corte podría declarar inconstitucionalidad total o parcial, anulando el decreto retroactivamente.
El precedente será determinante para futuros usos del estado de excepción en materia tributaria y fiscal.
En síntesis
Federico Gutiérrez radicó una solicitud de medidas cautelares urgentes ante la Corte Constitucional para suspender el decreto de emergencia económica y sus efectos tributarios. Los argumentos centrales cuestionan la necesidad, imprevisibilidad y transparencia de la declaratoria, así como la posible evasión de controles constitucionales. La decisión de la Corte definirá si las medidas permanecen vigentes o se frenan temporalmente.













