Bogotá, 24 de noviembre de 2025. El Ministerio de Minas y Energía expidió la Resolución 40559, que adopta lineamientos técnicos de interoperabilidad para estaciones de carga de acceso público destinadas a vehículos eléctricos e híbridos enchufables.
La norma establece estándares mínimos obligatorios, protocolos internacionales de reporte y mecanismos que impulsarán la ampliación, dinamización y modernización del ecosistema de carga en todo el territorio nacional.
Principales disposiciones técnicas
La resolución exige:
- Conector Tipo 2 (AC) y CCS2 (DC) como estándares obligatorios, alineados con regulaciones europeas y norteamericanas.
- Adopción del protocolo abierto OCPI 2.2.1 para intercambio de información entre operadores de carga (CPO) y proveedores de servicios de movilidad eléctrica (eMSP).
- Acceso al mercado no regulado para operadores, fomentando competencia y modelos de negocio innovadores.
- Reporte obligatorio de datos en tiempo real sobre disponibilidad, precios y condiciones de uso, con trazabilidad y seguridad de la información.
Estos requerimientos garantizan interoperabilidad total: cualquier usuario podrá cargar su vehículo en cualquier estación pública independientemente del operador o proveedor de servicios contratado.
Posición regional y estratégica
“Colombia abre de manera decidida sus puertas a la electromovilidad. Con esta resolución nos convertimos en pioneros en la región: somos el primer país de Latinoamérica en adoptar estándares internacionales de interoperabilidad y acceso abierto a información para estaciones de carga”, declaró el ministro Edwin Palma.
La medida posiciona al país como referente continental en regulación de electromovilidad, integrando en una sola norma estándares globales de tecnología, seguridad cibernética y transparencia tarifaria.
Impacto en el ecosistema de movilidad eléctrica
La interoperabilidad elimina barreras técnicas que frenaban la adopción masiva de vehículos eléctricos, al resolver el “ansiedad de carga” mediante información unificada y acceso universal. Operadores internacionales podrán ingresar sin desarrollar protocolos propietarios, acelerando la expansión de redes de carga rápida.
Para usuarios finales, la norma garantiza visibilidad en tiempo real de precios y disponibilidad a través de aplicaciones agregadoras, similar al modelo europeo PlugSurfing o norteamericano Electrify America.
Contexto del mercado colombiano
Con más de 25.000 vehículos eléctricos e híbridos enchufables matriculados a noviembre de 2025 (crecimiento 156 % interanual) y una red pública de ≈1.200 conectores, la resolución responde a la necesidad de escalabilidad ante metas nacionales de 600.000 vehículos cero emisiones al 2030.
La adopción de OCPI 2.2.1 —protocolo abierto mantenido por EVRoaming Foundation— facilita la integración con plataformas globales y reduce costos de desarrollo para operadores locales.
Implicaciones macroeconómicas y regulatorias
La medida fortalece la transición energética del transporte —responsable del 18 % de emisiones nacionales— y alinea con compromisos COP26 y Acuerdo de París. Al habilitar mercado no regulado con estándares obligatorios, el gobierno equilibra innovación privada con protección al consumidor, evitando fragmentación como ocurrió en etapas iniciales de mercados europeos.
Para inversionistas en infraestructura de carga, la norma reduce riesgos regulatorios y acelera ROI mediante competencia ordenada y acceso universal. Operadores internacionales como Tesla, ABB o Enel X podrán desplegar redes sin adaptaciones locales, potenciando inversión extranjera directa en el segmento.
La Resolución 40559 posiciona a Colombia como líder regulatorio en electromovilidad latinoamericana, sentando bases para un ecosistema de carga interoperable, competitivo y sostenible que impulse la adopción masiva de vehículos eléctricos hacia 2030.














