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¿Cómo entender la nueva reforma laboral presentada por el Gobierno?

Foto: GeoVictoria

El gobierno Petro, en cabeza del Ministerio de Trabajo, radicó una nueva iniciativa laboral en la Cámara de Representantes. El documento, compuesto por 92 artículos, se presenta dos meses después de que el proyecto original quedara archivado al finalizar el primer periodo de la legislatura. La propuesta de ley busca establecer las disposiciones para el trabajo digno y decente en Colombia, así como modificar algunas normas laborales para cumplir con ese objetivo.

Entre algunos de los pilares que contempla la reforma se incluyen la formalización, el uso adecuado de la tercerización, ajustes en la jornada diurna y nocturna, medidas para promover la estabilidad laboral, entre otros.

De acuerdo con el nuevo articulado, se aplicarían algunos ajustes a los periodos establecidos para la jornada diurna y nocturna. En el caso del trabajo nocturno, este ya no comenzaría a las 9:00 p.m., sino que daría inicio a las 7:00 p. m. y finalizaría a las 6:00 a. m. del día siguiente. En cuanto al trabajo diurno, la jornada empezaría a las 6:00 a.m. e iría hasta las 7:00 p.m.

De igual forma, y en línea con la puesta en marcha de la ley 2101 de 2021, el documento incluye el tiempo máximo que podrá laborar una persona. En ese sentido, el proyecto señala que la jornada de trabajo ordinaria se reducirá de manera gradual hasta llegar a las 42 horas semanales para el 2026.

En lo que se refiere a las horas extra, la duración de este trabajo suplementario no podrá exceder las dos horas diarias y las 12 semanales.

Por otro lado, la iniciativa contempla que el recargo dominical y festivo no sea del 75 %, sino del 100 %. Para hacer efectivo este punto, se haría una implementación gradual, por lo que partir de julio de 2024 el recargo por trabajar en día de descanso obligatorio o de fiesta se incrementaría a 80 %. En el 2025, aumentaría al 90 % y desde del 2026 quedaría en el límite definido.

El proyecto laboral también fija nuevas disposiciones con relación a las empresas del sector y sus colaboradores. De manera que el articulado propone dos modalidades de trabajo: una de carácter dependiente y subordinado, y otra independiente y autónoma.

En el primer caso, se establece que “la empresa de plataforma digital de reparto deberá realizar los pagos correspondientes al sistema integral de seguridad social en las proporciones definidas en las normas vigentes”. En lo que se refiere a los trabajadores y trabajadoras independientes, las plataformas contribuirían con una parte del pago a la seguridad social de sus colaboradores. Así las cosas, las firmas tendrían que pagar un 60 % tanto para el aporte de salud como el de pensión y el 40 % restante le correspondería al empleado.

Esta figura de contratación aplicaría “cuando el trabajador o trabajadora labora en la ejecución de tareas propias de la actividad agropecuaria en toda la cadena de producción primaria, sin perjuicio de su reconocimiento como persona campesina”. En ese sentido, el texto define que si las actividades realizadas para este contrato se mantienen por más de 27 semanas continuas para el mismo empleador, se entendería estipulado con este a tiempo indefinido. De igual forma, aclara que ese tipo de contrato no aplicaría para las empresas agroindustriales, puesto que estas están sujetas a las normas generales del Código Sustantivo del Trabajo.

El articulado también plantea la inclusión del ‘jornal agropecuario’, una modalidad de remuneración para este tipo de acuerdos en la que el trabajador podría acordar con el empleador el pago del salario y de las prestaciones sociales y legales.

Como parte de esta apuesta, la iniciativa busca la formalización del trabajo doméstico remunerado. Para esto, establece que los trabajadores y las trabajadoras que realizan este tipo de servicio se vinculen a través de un contrato de trabajo escrito.

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