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Superintendencia de Sociedades hace advertencia sobre la firma Adsply

La Superintendencia de Sociedades advierte que la plataforma virtual Adsply, no está registrada legalmente para realizar ningún tipo de mercadeo multinivel o de venta directa en Colombia.

Ante recientes noticias sobre supuesta promoción de actividad comercial de Adsply y ante la divulgación realizada por promotores del esquema a través del llamado sistema “voz a voz”  o en redes sociales e Internet, el organismo de control informa que dicha firma no está bajo su vigilancia.

Una vez más, la entidad invita a los colombianos a abstenerse de “entregar” su dinero a negocios que ofrezcan rentabilidades inusuales y desproporcionadas o que prometa ingresos por la simple vinculación de personas, sin que exista en contraprestación un  producto o servicio tangible.

”Este año se han emitido al menos ocho alertas sobre la aparición de este tipo de esquemas, que se han detectado por denuncias o consultas del público y por pesquisas realizadas por la entidad. Este tipo de alertas se emiten de manera recurrente, no obstante la complejidad que implica la aparición súbita de páginas web y falsas redes de mercadeo en redes sociales”, manifestó el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

La Superintendencia hace un nuevo llamado a los ciudadanos para que estén atentos a las señales de alerta y denuncien cualquier esquema de tipo piramidal a través de los canales de atención al ciudadano: línea nacional 018000114319 y en Bogotá al 2201000. También lo pueden hacer a través de la página web de la entidadwww.supersociedades.gov.co .

El Superintendente Reyes fue enfático en señalar que ”quien promueva por cualquier medio (incluidas las páginas web, redes sociales, aplicaciones y demás métodos promocionales electrónicos, físicos o de voz a voz) esquemas que den lugar a la captación masiva y habitual de recursos del público, será responsables penal y civilmente por sus actuaciones”.

La venta directa o mercadeo multinivel es una actividad legal, sin embargo, la Ley 1700 de 2013 indica que solo la pueden ejercer sociedades formalmente constituidas en Colombia, sometidas al régimen especial de vigilancia de la Superintendencia de Sociedades.

Esta ley autoriza a la Superintendencia de Sociedades a ordenar en cualquier momento los cambios que estime necesarios a los contratos de vinculación y remuneración de vendedores independientes.

Las personas naturales no pueden actuar como compañías multinivel en ningún caso y tampoco pueden hacerlo como representantes comerciales de sociedades extranjeras.

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