
Foto: Cortesía
Tras concluir la semana de planeación institucional, los 19.328 maestros, maestras y directivos docentes del departamento se alistan para abrir las puertas de las 4.000 sedes educativas de Antioquia que cuentan con una capacidad de recibir a cerca de 580 mil estudiantes la próxima semana.
La Secretaría de Educación del departamento espera que durante el transcurso de enero, los padres de familia que no matricularon a sus hijos hagan efectivo este derecho para que ningún niño se quede por fuera del aula de clase.
Renovar la matrícula significa acceder a los beneficios del sistema educativo con el fin de no encontrar excusas para estudiar. Entre ellos se encuentran el transporte escolar, el restaurante escolar y la póliza contra accidentes. Si el estudiante está concluyendo su ciclo académico puede acceder a Jóvenes con Futuro o a las becas de educación superior.
Con relación a la matrícula, se espera que con el apoyo de alcaldes, secretarios de educación, docentes y padres de familia, Antioquia alcance en 2015 los 580 mil estudiantes. Hasta el pasado 5 de enero había registrada una cifra de 534 mil. El departamento tiene disponibles 50 mil cupos en todos los niveles académicos, la mayoría de ellos en la ruralidad.
Calendario académico 2015
El inicio temprano del Calendario Académico Escolar obedece a garantizar el derecho a la educación que tienen los niños y las niñas, establecidas en la Resolución 124500 del 10 de septiembre, mediante la cual se establece el calendario académico para el año 2015. La dependencia encargada del seguimiento al mismo es la Subsecretaría de Planeación Educativa a través del proceso de Asesoría y Asistencia Técnica.
Las 40 semanas establecidas en la normatividad legal vigente arrancan el 13 de enero y finalizan el 20 de noviembre para los estudiantes. Para los docentes inicia el 5 de enero y termina el 27 de noviembre.
* Consultar resolución adjunta.
Tarifas de los colegios
La educación pública en Antioquia no tiene ningún costo. Esto significa que los padres de familia no deben efectuar ningún pago por concepto de matrícula, pensión, libros, cuotas de administración, asociaciones de padres de familia, bonos, utensilios de aseo para la sede educativa o los llamados “útiles inútiles”. Todas las orientaciones y detalles se encuentran en la página web de la Secretaría de Educación.
Con respecto a los establecimientos privados, el incremento del costo de la matrícula se encuentra definido por el Ministerio de Educación Nacional de acuerdo con los resultados en las Pruebas Saber y del régimen de clasificación: Libertad Regulada, Libertad Vigilada o Régimen Controlado. Dichos aumentos serán entre el 2% y el 5.1% según la categoría del establecimiento educativo.
Los colegios de Libertad Regulada son aquellos que obtuvieron altos puntajes en la evaluación o están certificados o acreditados en calidad. Los de Libertad Vigilada son los que obtuvieron puntajes intermedios. Mientras que en el grupo de los de Régimen Controlado se encuentran las instituciones con bajos puntajes en la evaluación o que presentan incumplimiento en las condiciones requeridas para prestar el servicio educativo.
* Consultar Resolución adjunta.
Las sanciones para los directivos y las instituciones que se encuentren responsables de violar estas directrices van desde la amonestación pública, multas que oscilan entre los cincuenta (50) y los doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, la suspensión de la licencia de funcionamiento o reconocimiento de carácter oficial, hasta cancelación de la licencia de funcionamiento o reconocimiento de carácter oficial.
En caso de identificar conductas irregulares o de tener cualquier duda relacionada con el inicio del año escolar, puede comunicarse directamente con la Secretaría de Educación de Antioquia al 383 84 00, donde recibirá toda la asesoría con relación a este trámite.
Algunas recomendaciones
Con base en todas las normas anteriores, la Secretaría de Educación del departamento hace algunas recomendaciones a los padres y acudientes:
– No están obligados a adquirir para los uniformes y útiles de sus hijos prendas exclusivas o de marcas definidas.
– Los útiles pueden ser adquiridos en la medida en que sean requeridos para el desarrollo de las actividades escolares.
– Está prohibido al colegio vender uniformes y textos, excepto los que no puedan conseguirse en el mercado.
– Todos los cobros deben encontrarse autorizados en la resolución de costos educativos que cada año expide la Secretaria de Educación.
– Los establecimientos educativos no pueden cobrar bonos, acciones u otro tipo de honorarios que condicionen el ingreso del menor al plantel.














Leave a Reply