
Este martes la Superintendencia de Industria y Comercio emitió la resolución en donde autoriza con condicionamientos la fusión por absorción entre UNE EPM Telecomunicaciones y Colombia Móvil TIGO, filial del Grupo Empresarial Millicom.
Dicho condicionamiento consiste entre ambas empresas deberán devolverle a la Nación el espectro radioeléctrico que en la actualidad es de 135 Mhz, «razón por la cual deben devolver a La Nación 50 Mhz, en los términos y plazos indicados por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), y bajo el procedimiento en que su momento indique Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MINTIC)» señala el organismo de control.
En este sentido UNE y Millicom cuentan con un plazo de ocho meses para realizar dicha devolución, identificando las bandas de frecuencia y los MHz correspondientes. Una vez identificado e informado de manera concreta el espectro radioelectrico objeto de devolución, las empresas intervinientes contarán con dos (2) años y cuatro (4) meses para finalizar la devolución.
Contra la decisión de autorización condicionada de la integración empresarial proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio, procede el recurso de reposición. El incumplimiento a estos parámetros pueden generar la reversión de la operación, una sanción de $61.600 millones de pesos y $1.232 millones a las personas naturales que infrinjan ese cumplimiento.













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