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Damnificados por ola invernal a declarar primera cuota de impuesto al patrimonio

Con la liquidación, declaración y pago de la primera cuota del impuesto al patrimonio por parte de los contribuyentes damnificados por la ola invernal de 2010, inician desde hoy y hasta el 21 de septiembre los vencimientos para cumplir con esta responsabilidad fiscal.

Este plazo especial establecido por el Gobierno Nacional, se determinó mediante la expedición del Decreto 1358 del 28 de abril de 2011. Además, la norma estableció que este grupo de contribuyentes deberá liquidar, declarar y pagar la segunda cuota entre el 5 y 30 de diciembre del presente año.

Los responsables de esta obligación deberán declarar teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

 Segunda cuota para quienes declararon en mayo

Los contribuyentes que presentaron la declaración y pagaron la primera cuota en el pasado mes de mayo, deberán desde hoy cumplir con la responsabilidad de liquidar, declarar y pagar la segunda cuota. La DIAN recordó que el impuesto al patrimonio se declara y paga en 8 cuotas, las cuales van hasta el 2014.

 

Los contribuyentes del Impuesto al Patrimonio son todas las personas jurídicas, naturales y sociedades de hecho, contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta, según el patrimonio líquido a primero de enero de 2011 que cumplan con las siguientes condiciones:

 

* 1% sobre la base gravable cuando el patrimonio liquido sea igual o superior a mil millones de pesos ($1.000.000.000) y hasta dos mil millones de pesos ($2.000.000.000).

 

* 1.4% sobre la base gravable cuando el patrimonio liquido sea superior a dos mil millones de pesos ($2.000.000.000) e inferior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000).

 

* 2.4% sobre la base gravable cuando el patrimonio liquido sea superior a tres mil millones de pesos ($3.000.000.000) e inferior a cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000), mas una sobretasa del 25% del impuesto.

 

* 4.8% sobre la base gravable cuando el patrimonio liquido sea superior a cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000), mas una sobretasa del 25% del impuesto.

La DIAN invitó a los contribuyentes a liquidar correctamente la segunda cuota del Impuesto al Patrimonio, además recordó que para cualquier inquietud se pueden comunicar con la línea gratuita nacional 01 8000 129080; a la línea gratuita para Bogotá al 3 256800; en el Centro de Contacto en Bogotá 5462200 de lunes a sábado de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y en los Puntos de ConTacto DIAN a nivel nacional.

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