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Desde el 4 de agosto candidatos pueden iniciar su propaganda política

Bogotá. La Registraduría Nacional del Estado Civil, a través de laResolución 6221 del 28 de julio aclaró el Calendario Electoral  con relación a la fecha de inicio de la propaganda electoral a través de los medios de comunicación social, entendiendo que dicho término inicia a partir del 4 de agosto de 2001.

La Resolución 6221, firmada por el Registrador Nacional del Estado Civil, Dr. Carlos Ariel Sánchez Torres y el Secretario General, Dr. Carlos Ernesto Camargo Assís, establece que el inicio de la propaganda se realizará dentro de los 60 días hábiles anteriores a la fecha de la elección.

Así mismo se aclara que la modificación de inscripciones de que trata el artículo 31 inciso tercero de la Ley 1475 se refiere a todos los candidatos.

La Resolución 6221 aclara la Resolución 6185 del 27 de julio en la cual se modifica el calendario electoral para las elecciones de autoridades locales, atendiendo lo dispuesto en la Reforma Política que fue sancionada el pasado 14 de julio.

Entre las fechas que fueron ajustadas mediante la Resolución 6185 del 27 de julio de 2011se encuentra el reemplazo de candidatos a Alcalde que estaba fijada para el miércoles 26 de octubre y ahora será el martes 18 de octubre. Así mismo se fija el domingo 30 de octubre la fecha para el inicio del escrutinio, el cual según el texto de la Reforma Política debe realizarse una vez termine el proceso de votación.

 Así mismo el Artículo 36 de la Ley 1475 o Reforma Política establece que los partidos y movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos, que hayan inscrito candidatos y los promotores del voto en blanco, tendrán derecho a espacios gratuitos en los medios de comunicación social que hacen uso del espectro electromagnéticoActualmente el calendario electoral avanza sin contratiempos. Ya comenzó en Bogotá el proceso de selección de jurados que se desarrollará en todo el país hasta el 31 de agosto.

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